La coordinadora de Interferencia, Hulda Miranda, solicitó a Casa Presidencial el pasado 29 de mayo la lista de personas invitadas, junto con sus parejas, a la cena de Estado con el presidente salvadoreño Nayib Bukele. No obstante, Presidencia solo remitió a este medio la lista de asistentes, y no la de quienes habían sido invitados al evento.
La Presidencia de la República no ofreció ninguna explicación sobre su negativa a entregar la información solicitada, sino hasta después de ser notificada de un recurso de amparo presentado por Interferencia ante la Sala Constitucional.
Así lo señala el fallo del Tribunal Constitucional, que declaró con lugar el recurso interpuesto por la comunicadora de Interferencia de Radioemisoras UCR en contra del Ministerio de Comunicación y Enlace. La Sala cuestionó la falta de respuesta clara, completa y oportuna a una solicitud de información pública sobre ese evento celebrado en noviembre de 2024.
La sentencia resaltó que ante la consulta planteada por Miranda, Casa Presidencial se limitó inicialmente a reenviar una lista de confirmaciones ya divulgada previamente, sin explicar si esa información era la misma que la solicitada por la periodista, es decir, la lista completa de personas invitadas y asistentes efectivas, con sus cargos y acompañantes.
Solo después de que la Sala admitiera para estudio el amparo, el Ministerio de Comunicación presentó un informe donde alegó que la lista entregada era la única con la que contaban, y que no existía un documento adicional con los datos solicitados. Esta explicación no fue ofrecida en ningún momento antes de la intervención del tribunal.
La Sala recordó que, según el artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, cuando una institución del Estado responde a un recurso de amparo, su versión de los hechos se considera verdadera, a menos que se demuestre lo contrario. Sin embargo, si esa respuesta resulta ser falsa o se da con mala intención, la institución o sus funcionarios podrían enfrentar consecuencias legales, incluso penales.
Por lo anterior, el Tribunal Constitucional concluyó que la Presidencia violó el derecho de petición y pronta respuesta, al no explicar de forma congruente ni oportuna por qué no disponía de la información solicitada. Según el artículo 27 de la Constitución, toda persona tiene derecho a recibir una respuesta razonada en un plazo máximo de 10 días hábiles.
“La administración no respondió de manera oportuna ni con contenido claro y congruente con la solicitud planteada”, indica la resolución. “Solo hasta rendir el informe solicitado por esta Sala se procedió a referir lo que se consideró una respuesta”.
Pese a constatar una violación a derechos fundamentales, la mayoría de magistrados decidió no imponer una condena en costas, daños ni perjuicios, al considerar que la Presidencia finalmente explicó su posición.
Sin embargo, los magistrados Luis Fernando Salazar Alvarado y Roberto Garita Navarro discreparon. Para ellos, el Estado sí debía ser condenado por responder fuera de plazo y solo hacerlo después de la notificación judicial. A su juicio, eso configuró una lesión evidente al derecho fundamental de acceso a la información.
La solicitud de información fue enviada el 29 de mayo a los correos oficiales de Casa Presidencial. La periodista pidió la lista de personas invitadas y asistentes a la cena con Bukele, sus cargos y acompañantes.
La Presidencia contestó el 12 de junio, al límite del plazo legal, reenviando la lista de confirmaciones, sin más explicaciones. Ese mismo día, Miranda respondió aclarando que la información entregada no satisfacía lo solicitado, pero no recibió ninguna comunicación adicional hasta después de haber presentado el recurso ante la Sala Constitucional.
La Sala ya había resuelto también un amparo relacionado con este mismo tema. En ese caso, el recurso fue interpuesto por el diputado del Frente Amplio, Antonio Ortega, quien solicitó información sobre los invitados, los gastos y la organización del evento. Al no obtener respuesta, acudió al Tribunal Constitucional, que también declaró parcialmente con lugar su recurso y ordenó a Casa Presidencial entregar los datos requeridos.



